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CONSULADO GENERAL DEL URUGUAY, MADRID
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del Consulado General de Uruguay en Madrid: |
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Justificación de no voto
Ante la proximidad de las elecciones nacionales que se celebrarán el próximo domingo 24 de noviembre, y por tratarse de una instancia de votación obligatoria, se recuerdan los medios de justificación de ausentismo por hallarse en el exterior el día de la votación.
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Comparecencia personal ante la oficina consular uruguaya más próxima, dentro de los veinte días corridos anteriores y posteriores a la elección, labrándose el acta correspondiente cuya copia será entregada al interesado.
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Constancia de la Dirección Nacional de Migración donde figuren las fechas de salida y regreso a Uruguay.
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Presentación del pasaporte -o copia autenticada del mismo-, donde figuren los sellos de salida y regreso a Uruguay.
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Presentación de documento emitido por la autoridad competente del país de Residencia donde se certifique la calidad de residente.
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Certificación expedida por la oficina consular uruguaya en el exterior que acredite la calidad de residente del solicitante al momento de celebrarse el acto electoral.
Importante:
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Quienes estén en conocimiento de que ya no se encuentran inscriptos en el padrón electoral, no tendrán que justificar su ausentismo.
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Todos los ciudadanos uruguayos que no participen del acto electoral por encontrarse en el exterior -aun aquellos que comparecieron ante la oficina consular- y regresen a Uruguay deberán presentarse ante la Corte Electoral dentro de los treinta días siguientes a su regreso a los efectos de justificar su ausentismo.
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En caso de existir segunda vuelta electoral (Balotaje), corresponde un documento que justifique la no comparecencia a sufragar por cada acto eleccionario, rigiendo para cada uno los plazos anteriormente referidos.
Enlaces relacionados
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Información adicional del C.U.M.
1) Las personas con residencia en el exterior deberán concurrir a la oficina consular uruguaya más próxima, dentro de los veinte días anteriores y dentro de los veinte posteriores a la elección para acreditar hallarse en el exterior, labrándose las actas correspondientes, que los cónsules deberán remitir a la Corte Electoral dentro de los veinte días siguientes a su expedición, y entregar asimismo al interesado una copia autenticada. MÁS INFORMACIÓN
Buscador alternativo del padrón electoral (sí estaban habilitados para votar).
3) El CENTRO URUGUAYO DE MADRID (C.U.M.) Informa y opina de noticia del
CONSULADO GENERAL DEL URUGUAY, MADRID sobre sistema de pago electrónico.
El C.U.M., haciendose eco de los usuarios y funcionarios consulares, venía reclamando la implantación del sistema desde hace más de dos décadas. En el última reunión de los Consejos Consultivos y Asociaciones, el MRREE nos planteó, ante nuestra pregunta, que era imposible acceder a esa reclamación. Agradecemos el cambio de opinión y nos congratula el establecimiento de dicho método para el pago de aranceles.
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11/10/2024

Pago de trámites con tarjeta de débito, teléfono móvil o reloj inteligente con POS/ Datáfono
En procura de mejorar el servicio que brinda el Consulado en Madrid se ha implementado el sistema de pago de trámites consulares mediante POS/Datáfono.
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