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![]() Se ha coordinado nuevamente con el Banco de Previsión Social (BPS), Caja Notarial, Caja Policial, Caja Bancaria y Caja Militar una prórroga de 60 días en la validez de los Certificados de Existencia que vencen durante el mes de diciembre, excepto Caja de Profesionales Universitarios. En ese sentido BPS aclara que la prórroga del certificado de existencia es solo a efectos del cobro de las prestaciones. Para la solicitud de préstamos de los residentes en el exterior que sean realizados por apoderados o titulares en Uruguay se continúa exigiendo el certificado con vigencia menor de 30 días. La Caja de Profesionales Universitarios ha informado que, a partir del corriente mes, restablece la exigencia de Certificados de Existencia para el cobro de pasividades. El procedimiento estipulado por esta Caja consiste en una video llamada entre el Consulado y el compatriota, en la cual el compatriota deberá exhibir el documento de identidad vigente. Luego de esta constatación de existencia, el Consulado emitirá el Certificado de Existencia correspondiente y lo enviará al interesado, siendo responsabilidad del compatriota el envío del mencionado certificado a la Caja de Profesionales. |